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El pasado 1 de enero de 2023 entró en vigor la nueva Política Agraria Común (PAC 2023-2027). Como novedad se introdujo, dentro de la estructura de subvenciones, los denominados “eco-regímenes”. Los eco-regímenes se articulan como ayudas que pretenden fomentar la agricultura sostenible y remuneran a las explotaciones que lleven a cabo prácticas agrícolas o ganaderas beneficiosas para el clima y el medio ambiente mediante compromisos anuales voluntarios.
Las mencionadas ayudas estarán exentas de tributación tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto sobre Sociedades.
En este sentido, el 24 de diciembre de 2022 se publicó la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas, en cuya Disposición Final Decimotercera se regula la no integración en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las rentas positivas derivadas de la percepción de las ayudas a los regímenes en favor del clima y del medio ambiente (eco-regímenes).
Posteriormente, el 12 de mayo de 2023 se publicó el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas. En el artículo 13 del mencionado Real Decreto-ley, con el objetivo de equiparar la tributación de entidades con personalidad jurídica y personas físicas, se determina la no integración en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades de las rentas positivas que se deriven de la percepción de las mencionadas ayudas.
En definitiva, estos textos legales establecen la no tributación de las ayudas recibidas por los eco-regímenes en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades a partir de 2023, por lo que se tendrán que tener muy en cuenta a la hora de calcular los ingresos sujetos a tributación de estos impuestos.